miércoles, 26 de agosto de 2015

Nuevas ayudas para niños con necesidades específicas de apoyo educativo para el año 2015-2016, donde se incluye tanto el TDAH como las Altas Capacidades entre otras:


BENEFICIARIOS

  1. Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
    • Educación Infantil.
    • Educación Primaria. 
    • Educación Secundaria Obligatoria. 
    • Bachillerato.
    • Ciclos formativos de grado medio y superior. 
    • Enseñanzas artísticas profesionales. 
    • Formación Profesional Básica. 
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
  2. Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  3. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
    • Educación Primaria. 
    • Educación Secundaria Obligatoria. 
    • Bachillerato.
    • Ciclos formativos de grado medio y superior. 
    • Enseñanzas artísticas profesionales. 

 LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

En el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2015-2016. Hasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive.


REQUISITOS

Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta y patrimonio familiares en 2014 no hayan superado, los umbrales siguientes según número de miembros: 
  1.  miembro: 11.937,00 euros. 
  2. miembros: 19.444,00 euros. 
  3. miembros: 25.534,00 euros. 
  4. miembros: 30.287,00 euros.
  5. miembros: 34.370,00 euros. 
  6. miembros: 38.313,00 euros. 
  7. miembros: 42.041,00 euros. 
  8. miembros: 45.744,00 euros
 DOCUMENTACIÓN

1.- Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
  • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
  • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
  • Certificado de discapacidad.
2.- Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:
  • Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación según los modelos que genera el formulario, certificación expedida por el inspector de zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
3.- Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

 CUANTÍA
  • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
  • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros. 
  • Comedor escolar: hasta 574,00 euros. 
  • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros. 
  • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros. 
  • Transporte urbano: hasta 308,00 euros. 
  • Libros y material didáctico:
    •  Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
    • Resto de niveles de la enseñanza posobligatoria: hasta 204,00 euros.
    • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
  • Para altas capacidades intelectuales, la cantidad máxima será de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.
NORMATIVA

BOE, 1 de Agosto 2015
Tramitación
 Mas información: 91 327 76 81