Nuevas ayudas para niños con necesidades específicas de apoyo educativo para el año 2015-2016, donde se incluye tanto el TDAH como las Altas Capacidades entre otras:
En el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2015-2016. Hasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive.
1.- Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
BOE, 1 de Agosto 2015
Tramitación
Mas información: 91 327 76 81
BENEFICIARIOS
- Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Formación Profesional Básica.
- Programas de formación para la transición a la vida adulta
- Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos formativos de grado medio y superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
En el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2015-2016. Hasta el 30 de septiembre de 2015 inclusive.
REQUISITOS
Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta y patrimonio familiares en 2014 no hayan superado, los umbrales siguientes según número de miembros:
- miembro: 11.937,00 euros.
- miembros: 19.444,00 euros.
- miembros: 25.534,00 euros.
- miembros: 30.287,00 euros.
- miembros: 34.370,00 euros.
- miembros: 38.313,00 euros.
- miembros: 42.041,00 euros.
- miembros: 45.744,00 euros
DOCUMENTACIÓN
1.- Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:
- Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
- Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
- Certificado de discapacidad.
- Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación según los modelos que genera el formulario, certificación expedida por el inspector de zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).
CUANTÍA
- Enseñanza: hasta 862,00 euros.
- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
- Libros y material didáctico:
- Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
- Resto de niveles de la enseñanza posobligatoria: hasta 204,00 euros.
- Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
- Para altas capacidades intelectuales, la cantidad máxima será de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.
NORMATIVA
BOE, 1 de Agosto 2015
Tramitación
Mas información: 91 327 76 81